Esta gua de seguridad ayuda a los Estados Miembros en la elaboracin de disposiciones relativas a la comunicacin con el pblico y los medios de comunicacin y a la coordinacin de la informacin oficial en la respuesta a una emergencia nuclear o radiolgica. Estas disposiciones facilitan la aplicacin satisfactoria de medidas protectoras y la transmisin de mensajes coherentes. Especficamente, en la gua de seguridad se describen la infraestructura y los procesos necesarios para proporcionar al pblico informacin til, oportuna, veraz, coherente, clara y apropiada en caso de emergencia nuclear o radiolgica, y para responder a la informacin inexacta y a los rumores, as como a las solicitudes de informacin por parte del pblico y de la prensa y los medios de comunicacin. Ser til para garantizar la eficacia y uniformidad de las disposiciones relativas a la informacin pblica y la comunicacin con los medios durante una emergencia nuclear o radiolgica. Las orientaciones proporcionadas son aplicables a ese tipo de emergencias, con independencia de cul sea el suceso iniciador, ya se trate de un suceso natural, un error humano, un fallo mecnico o de otra ndole o un suceso relacionado con la seguridad fsica nuclear.
Disposiciones para la Comunicación Pública en la Preparación y Respuesta para Casos de Emergencia Nuclear o Radiológica